El 8 de agosto rota la medida del pico y placa en Itagüí

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Pico y placa en Itagüí
03 de Agosto del 2017

Mediante el Decreto 577 del 28 de julio de 2017 la administración municipal de Itagüí estableció la rotación de la medida del pico y placa para el segundo semestre del año 2017.


La rotación de la medida del pico y placa en Itagüí se dará a la par con los demás municipios del área metropolitana que contemplan la restricción,  con una rotación para los vehículos de servicio público individual tipo Taxi que inició el martes 1 de agosto, y para los vehículos particulares y motocicletas de dos tiempos será a partir del martes 8 de agosto.


Asimismo, la Secretaría de Movilidad informó que la medida será de carácter pedagógico entre el 8 y el 11 de agosto, y a partir del lunes 14 del mismo mes se aplicará una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes contemplada en el código de infracción C-14 “Transitar por sitios prohibidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además el vehículo será inmovilizado”.


De igual forma, la Alcaldía aclara que hay algunos vehículos exentos de la medida que tengan previa inscripción ante la Secretaría de Movilidad de Itagüí con los soportes que acrediten lo dispuesto en el Decreto 577 de 2017, como los vehículos que usen gas natural vehicular o energía eléctrica, los que transporten alimentos perecederos, los de carga con capacidad equivalente a 3.5 toneladas o más y en cuya licencia de tránsito tenga permitido un máximo de dos (2) pasajeros.
 
Además, los automotores propiedad de medios de comunicación o que presten el servicio para los mismos, así como los destinados al transporte de pacientes o personal médico, entre otros, que pueden ser consultados en el sitio web www.itagui.gov.co