Convocatoria para Artistas, Creadores y Gestores Culturales

ORIENTACIÓN Y PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN DE CREADORES Y GESTORES CULTURALES DEL MUNICIPIO DE ITAGÜÍ A LOS BENEFICIOS ECONÓMICOS PERIÓDICOS (BEPS)

 

La Alcaldía de Itagüí, a través de la Subgerencia de Cultura del Instituto de Cultura, Recreación y Deporte de Itagüí, abre la convocatoria dirigida a las personas interesadas en el servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) para creadores y gestores culturales del Municipio de Itagüí, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 2012 del 30 de noviembre de 2017, el cual establece el uso y las condiciones de acceso a los recursos provenientes del recaudo de la Estampilla Pro cultura, que según la ley 666 de 2001 se deben destinar a la seguridad social de los creadores y gestores culturales.

 

Las modalidades de este servicio social son:

 

Anualidad vitalicia: Es la modalidad mediante la cual el beneficiario del Servicio Social Complementario BEPS, accede a la asignación de una suma mensual, que será entregada bimestralmente (cada 2 meses) hasta su fallecimiento.

 

Requisitos:

1. Ser colombiano.

2. Tener mínimo 62 años de edad si es hombre y 57 años de edad si es mujer.

3. Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

4. Percibir ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.

5. Acreditar ante la Subgerencia de Cultura del Instituto de Cultura, Recreación y Deporte, la condición de gestor o creador cultural.

6. Estar afiliado al Régimen Subsidiado en Salud o como beneficiario del Régimen Contributivo de Salud.

 

Financiación de aportes (motivación al ahorro):

 

La financiación de aportes al Servicio Social Complementario de BEPS es la modalidad mediante la cual los creadores y gestores culturales que no tengan la edad para acceder a la anualidad vitalicia pueden recibir como beneficio un monto destinado al ahorro. Si las personas beneficiadas en esta modalidad además hacen aportes, de manera voluntaria, al Servicio Social Complementario de BEPS, el Estado les otorgará un incentivo periódico del 20% sobre estos aportes.

 

Requisitos:

1. Ser colombiano.

2. Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

3. Percibir ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.

4. Acreditar ante la Subgerencia de Cultura del Instituto de Cultura, Recreación y Deporte, la condición de gestor o creador cultural.

5. Estar afiliado al Régimen Subsidiado en Salud o como beneficiario del Régimen Contributivo de Salud.

 

¿Qué es un Creador Cultural?

 

“Es toda aquella persona generadora de bienes y productos culturales, a partir de la imaginación, la sensibilidad y la creatividad. 

Debe considerarse al creador como productor, además de bienes materiales, de procesos, manifestaciones, situaciones y relaciones mediadas por la expresión y el pensamiento artístico.” (Artículo 27 Ley 397/97)

 

¿Qué es un Gestor Cultural?

 

“Es toda aquella persona que impulsa los procesos culturales al interior de las comunidades y organizaciones e instituciones, a través de la participación, democratización y descentralización del fomento de la actividad cultural. 

Coordina como actividad permanente las acciones de administración, planeación, seguimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos de las entidades y organizaciones culturales o de los eventos culturales comunitarios.” (Artículo 28 Ley 397/97)

 

 

Todos los actores culturales deberán estar atentos a las fechas para su caracterización y consolidación de la información para acceder a los beneficios BEPS.

 

El ejercicio de identificación de los creadores y gestores culturales de los municipios y distritos NO TENDRÁ NINGÚN COSTO para los aspirantes.

 

¿Qué documentos debe presentar quien se postule como Creador o Gestor Cultural antela Subgerencia de Cultura del Instuto de Cultura, Recreación y Deporte de Itagüí?

 

1. Formato para la Identificación de Creadores y Gestores Culturales, debidamente diligenciado.

2. Fotocopia ampliada del documento de identificación.

3. Certificados:

a) De creación y trayectoria.

b) De gestión cultural y trayectoria.

c) De socialización ante el público (tanto para creadores como para gestores culturales).

 

El interesado en postularse como creador tendrá que presentar por lo menos una certificación de creación y trayectoria y una de socialización ante el público.

 

¿Qué son certificados de creación y trayectoria? 

 

Pueden ser: 

 

1. Certificados de registro ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor que acrediten el registro de obras artísticas en cualquiera de sus expresiones. 

2. Certificado de afiliación vigente a cualquier sociedad de gestión colectiva de derechos de autor o derechos conexos, nacional o internacional, acompañada del listado de obras o creaciones documentadas. 

3. Copia de las certificaciones de los contratos suscritos con entidades públicas y/o privadas cuyo objeto haya sido el encargo o realización de obras de contenido artístico, cultural y/o patrimonial. 

4. Soportes de creación como portafolios, fonogramas, partituras, fotografías, documentos, registros audiovisuales y cualquier otro que acredite la actividad creativa en el arte u oficio de su desempeño, o como portador de una manifestación del patrimonio cultural inmaterial de acuerdo con lo establecido en 

 

la Ley 397 de 1997 y el Decreto 1080 de 2015. Estos soportes deberán estar acompañados de declaración juramentada realizada por terceros, en donde se de fe de la condición de creador del postulante en el arte, oficio o manifestación. 

5. Copia de la tarjeta profesional de artista colombiano expedida por el Ministerio de Educación con base en el Decreto 2166 de 1985. 

 

¿Qué son certificados de socialización ante el público, para el creador? 

 

Pueden ser: 

 

1. Copia de material audiovisual, reseñas, afiches, catálogos, recortes o avisos de prensa, programas de mano de participación en recitales, conciertos, obras de teatro, películas o cualquier otro, en cualquier formato, en los que se demuestre la socialización ante el público de la actividad creativa del postulante o en la transmisión de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial hacia su comunidad, colectividad o grupo social. 

2. Galardones, premios y/o estímulos otorgados al interesado con ocasión de su calidad de creador o como portador de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial. 

3. Certificación de participación en actividades artísticas o culturales –expedidas por instituciones o entidades, públicas o privadas, legalmente reconocidas–, o en la transmisión de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial hacia su comunidad, colectividad o grupo social, tales como exposiciones, recitales, conciertos, obras de teatro, o demás actividades similares que acrediten la actividad artística o cultural y/o patrimonial. 

 

El interesado en postularse como gestor tendrá que presentar por lo menos una certificación de gestión y trayectoria y una de socialización ante el público.

 

¿Qué son certificados de gestión cultural y trayectoria? 

 

Pueden ser: 

1. Copia de las certificaciones de los contratos suscritos con entidades públicas y/o privadas, cuyo objeto haya sido el desarrollo, coordinación, planificación, evaluación, seguimiento, asesoría, apoyo o ejecución de proyectos artísticos, culturales y/o patrimoniales, y en los cuales se evidencie el papel del interesado como participante. 

 

2. Soportes que acrediten la gestión o coordinación de eventos, actividades o proyectos artísticos, culturales y/o patrimoniales. Estos soportes deberán estar acompañados de declaración juramentada realizada por terceros, en donde se de fe de la condición de gestor del postulante en el arte, oficio o manifestación. 

 

 

¿Qué son certificados de socialización ante el público, para el gestor cultural? 

 

Pueden ser: 

 

1. Copia de material audiovisual, reseñas, afiches, catálogos, recortes, avisos de prensa o programas de mano de realización de procesos culturales, artísticos o patrimoniales al interior de las comunidades, organizaciones e instituciones, que propendan por la participación, democratización y descentralización de la actividad cultural, artística o patrimonial. 

2. Reconocimientos otorgados al interesado con ocasión de su gestión cultural o de su gestión en la salvaguardia de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial. 

3. Certificación de gestión de procesos artísticos, culturales o patrimoniales –expedidas por instituciones o entidades públicas o privadas legalmente reconocidas–, en su comunidad, colectividad o grupo social. 

 

En todo caso, para acreditar el número de años dedicados a la actividad de creador y/o gestor cultural deberá adjuntar declaración juramentada realizada por terceros donde se de fe de este tiempo de dedicación.

 

¿Dónde envío la documentación? 

 

Cuando haya reunido toda la información, debe enviarla escaneada y en formato PDF, al correo beps@institutoitagui.gov.co con copia a alberto.sanchez@itagui.gov.co