1.2 Dirección Administrativa de las tecnologías y sistemas de la Información y las comunicaciones -TIC-

Nombre de la Dependencia 1.2 Dirección Administrativa de las tecnologías y sistemas de la Información y las comunicaciones -TIC-
Funcionario Responsable Santiago Echavarria Gallego
Correo Electrónico Contactenos@itagui.gov.co
Teléfono +(57+604) 3737676 Ext –1300
Objetivos

Fortalecer la calidad de los servicios de la administración municipal, mediante la utilización de tecnologías de información, que apoyen la ejecución de los procesos organizacionales y las decisiones administrativas, con el fin de incrementar la capacidad administrativa y la productividad de los servicios en beneficio de la comunidad.

Funciones
  1. Elaborar y actualizar el Plan Estratégico de Tecnología de la Información del Municipio para precisar el manejo de la información y los desarrollos tecnológicos.
  2. Asesorar a la Alcaldía, Secretarios de Despacho y demás dependencias, en lo que respecta a los Sistemas de Información desarrollando o recomendando las aplicaciones informáticas requeridas para su óptimo funcionamiento.
  3. Gestionar los procesos de sistematización de la información que posea el Municipio.
  4. Coordinar todo lo relacionado con tecnologías de la información para el servicio a la comunidad.
  5. Diseñar, programar y ejecutar planes preventivos y correctivos aplicables a los sistemas informáticos y software de la Administración Municipal.
  6. Direccionar y gestionar el manejo de informático de la información dentro de la entidad municipal, así como el control y mantenimiento de los diferentes elementos y equipos que existen en la administración.
  7. Realizar los procesos de sistematización de la información que posea el Municipio y establecer bases de datos.
  8. Orientar al Despacho del Alcalde en lo referente a la plataforma informática requerida por el Municipio, así como los Hardware y Software necesarios para la administración, manejo y custodia de la base de datos de los sistemas al servicio del Municipio.
  9. Administrar la seguridad de la base de datos de los sistemas al servicio del Municipio.
  10. Conceptuar, evaluar y definir las necesidades y lineamientos para la adquisición, adaptación, desarrollo de bienes, custodia, mantenimiento, administración de contingencias y actualización de las plataformas y de los bienes informáticos, velando siempre por el adecuado dimensionamiento de los requerimientos de la entidad frente a los adelantos tecnológicos del entorno y por su adecuado funcionamiento.
  11. Implementar en Plan de Seguridad y Privacidad de la Información del Municipio.
  12. Garantizar la disponibilidad de información consistente, actualizada y confiable, necesaria para el cumplimiento de la misión institucional.
  13. Coordinar con la Secretaría de Servicios Administrativos, las directrices y orientaciones para la gestión del conocimiento y la innovación a través de Tecnologías y Sistemas de la Información y las Comunicaciones.
  14. Efectuar el seguimiento de los planes institucionales en lo relacionado con el desarrollo informático y evaluar la utilización e impacto de esta tecnología en los procesos institucionales, así como coordinar con las demás áreas del Municipio los sistemas de información institucionales, la sistematización y digitalización de sus procesos y procedimientos.
  15. Definir y actualizar plataformas tecnológicas y emitir conceptos técnicos en las compras de software y hardware.
  16. Velar por el cumplimiento de gobierno en línea en el municipio de Itagüí.
  17. Velar por el correcto funcionamiento y actualización de la página web del Municipio de Itagüí y la prestación de la mayor cantidad de servicios a través del medio tecnológico y dicho portal.
  18. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el Alcalde y dependencias al interior de la Administración Municipal y demás autoridades competentes.
  19. Presentar ante los comités y grupos de trabajo correspondientes, las propuestas de lineamientos y políticas de ciberdefensa y ciberseguridad del territorio.
  20. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia o que le sean asignadas por la Ley o la autoridad competente.