2.15.1 Subsecretaría del medio ambiente y promoción de la cultura ambiental

Nombre de la Dependencia 2.15.1 Subsecretaría del medio ambiente y promoción de la cultura ambiental
Funcionario Responsable Wilder Antonio Bedoya Villada
Correo Electrónico contactenos@itagui.gov.co
Teléfono (57+604) 3737676
Objetivos

El objetivo de la Subsecretaría del Medio Ambiente y Promoción de la Cultura Ambiental, es liderar la ejecución de políticas ambientales, el aprovechamiento sostenible de los recursos ambientales y del suelo y la promoción de la cultura ambiental, tendientes a preservar la diversidad e integridad del ambiente, el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la conservación del sistema de áreas protegidas.

Funciones

Funciones Subsecretaría del Medio Ambiente y Promoción de la Cultura Ambiental:

1. Ejercer como autoridad ambiental en el municipio, en cumplimiento de las funciones asignadas por Ley 99 de 1993 y las normas que la reglamenten, complementen o sustituyan.
2. Otorgar permisos, autorizaciones, concesiones y licencias para el uso o aprovechamiento de recursos naturales renovables, de conformidad con la delegación que le realicen las autoridades ambientales.
3. Formular, ejecutar y supervisar, en coordinación con la Secretaría de Educación, la implementación de la política de educación ambiental municipal y promover y desarrollar programas educativos, ajustados a los lineamientos de educación ambiental del orden nacional, regional y local, tales como los proyectos ambientales escolares "PRAES" y los proyectos ciudadanos de educación ambiental "Proceda". Política de Educación Ambiental – CIDEAM –Acuerdo 006 de 2019.
4. Coordinar con las autoridades del medio ambiente todos los programas que mitiguen el cambio climático y la producción limpia en los diferentes sectores de la economía.
5. Realizar las actividades necesarias para el adecuado manejo y aprovechamiento de cuencas y micro-cuencas hidrográficas e implementar programas para planes de ordenamiento de microcuencas “Pomcas”.
6. Realizar el control de vertimientos y emisiones contaminantes, disposición de desechos sólidos y desechos o residuos peligroso y de residuos tóxicos, dictar las medidas de corrección o mitigación de daños ambientales.
7. Ejecutar obras o proyectos de descontaminación de corrientes o depósitos de agua afectados por vertimientos, así como programas de disposición, eliminación y reciclaje de residuos sólidos y de control a las emisiones contaminantes del aire.
8. Prestar asistencia técnica en lo relacionado con la defensa del medio ambiente y la protección de los recursos naturales.
9. Acompañar la implementación de las estrategias de control de las autoridades policivas en materia ambiental.
10. Asistir la coordinación con otras entidades públicas, comunitarias o privadas, obras y proyectos de irrigación, drenaje, recuperación de tierras, defensa contra las inundaciones y regulación de cauces o corrientes de agua.
11. Desarrollar programas de arborización y ornamentación del municipio, en particular de especies nativas e implementar las políticas de silvicultura urbana.
12. Diseñar e implementar programas para la recuperación de suelos degradados tanto en la zona rural como urbana.
13. Gestionar proyectos de saneamiento ambiental tanto en la zona rural como urbana.
14. Diseñar el plan de eco-manejo del bosque Municipal Manzanillo y administrar los programas de esta zona de reserva.
15. Ejecutar y realizar seguimiento en coordinación con las demás unidades administrativas, la implementación de las políticas, planes, programas del Plan Integral de manejo de residuos sólidos. (Decreto 882 de 2017 Comité Técnico y Coordinación del PGIRS y Decreto 877 de 2020).
16. Apoyar las acciones medio ambientales que se incluyeron en el POT.
17. Rendir los informes periódicos de gestión al Jefe Inmediato, el Alcalde y dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes.
18. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia o que le sean asignadas por la ley o autoridad competente.