2.19.2 Oficina de Talento Humano

Nombre de la Dependencia 2.19.2 Oficina de Talento Humano
Funcionario Responsable Sandra Milena Vargas Urrego
Correo Electrónico contactenos@itagui.gov.co
Teléfono (57+604) 3737676 Extensión 3121
Objetivos

El objetivo de la Oficina de Talento Humano, es administrar y gestionar estratégicamente el desarrollo del talento humano al servicio de la administración municipal de acuerdo con la normatividad vigente.

Funciones

Funciones Oficina de Talento Humano:

1. Establecer el Plan Anual de Vacantes, Plan de Previsión de Recursos Humanos, Plan Estratégico de Talento Humano, Plan Institucional de Capacitación, Plan de Incentivos Institucionales, Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo y ejecutar las políticas institucionales de administración y desarrollo del Talento Humano al servicio de la administración municipal.
2. Administrar y actualizar la planta de personal del Municipio, como una herramienta para la planeación del recurso humano, de acuerdo a las obligaciones impuestas por la Ley 909 de 2004, sus Decretos Reglamentarios y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
3. Apoyar y participar en la elaboración del proyecto anual de presupuesto para amparar los gastos por servicios personales asociados a nómina.
4. Coordinar la evaluación de desempeño de los funcionarios de carrera administrativa, de acuerdo a las directrices de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
5. Emitir los lineamientos técnicos para la concertación y formalización de los acuerdos de gestión de los empleos de naturaleza gerencial.
6. Promover acciones para prevenir conductas disciplinarias de los servidores públicos.
7. Coordinar la realización de estudios sobre la planta de personal; proponer la actualización del manual específico de funciones, competencias y requisitos para los empleos del Municipio; y determinar los perfiles de los cargos que deberán ser provistos.
8. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el Alcalde y dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes.
9. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia o que le sean asignadas por la ley o autoridad competente.