2.3.2 Subdirección de Ordenamiento territorial

Nombre de la Dependencia 2.3.2 Subdirección de Ordenamiento territorial
Funcionario Responsable Carlos Mario Goez Valencia
Correo Electrónico contactenos@itagui.gov.co
Teléfono +(57) 604 373 7676 Extensión: 1511
Objetivos

El objetivo de la Subdirección de Ordenamiento Territorial, es integrar la planificación física, socio económico y ambiental, que permita propiciar el desarrollo sostenible del Municipio, contribuyendo al desarrollo de sus asentamientos humanos.

Funciones

Funciones de la Subdirección de Ordenamiento Territorial:

1. Formular, orientar y coordinar las políticas de planeación del desarrollo territorial, garantizando el equilibrio ambiental del Municipio.
2. Coordinar la elaboración, reglamentación y evaluación del Plan de Ordenamiento Territorial.
3. Coordinar las acciones necesarias que posibiliten la coordinación interinstitucional tendiente a articular los planes de las entidades con el plan del Municipio en los aspectos físicos y urbanísticos y el Plan de Ordenamiento Territorial en lo que tiene que ver con la generación de la normatividad general y específica.
4. Planear e identificar prioridades de infraestructura en el territorio y desarrollar alternativas viables, acordes con el desarrollo social y económico, garantizando la calidad ambiental.
5. Adelantar las funciones de regulación del uso del suelo, de conformidad con la normativa que expida el Concejo Municipal y en concordancia con la normatividad nacional.
6. Ordenar el territorio municipal de acuerdo con las normas de usos del suelo.
7. Monitorear la coherencia entre el desarrollo físico del Municipio y el Plan de Ordenamiento Territorial.
8. Generar y dirigir el proceso de actualización permanente de la base cartográfica, análoga y digital oficial del Municipio.
9. Establecer la nomenclatura vial oficial y domiciliaria del Municipio.
10. Generar los estándares para la gestión y el manejo de la información espacial georeferenciada y participar en la formulación de las políticas para los protocolos de intercambio de esa información y coordinar la infraestructura de datos espaciales del Municipio.
11. Garantizar la planeación, gestión, ordenamiento, desarrollo armónico y sostenible del Municipio en los aspectos de tránsito, transporte, seguridad e infraestructura vial y de transporte.
12. Formular las medidas necesarias para el control, la preservación y la defensa del medio ambiente en el Municipio, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente.
13. Coordinar los estudios relacionados con las políticas, planes y programas de servicios públicos, espacio público, vías, tránsito y transporte, en materia de ordenamiento territorial, trabajando conjuntamente con las dependencias competentes de la Administración Municipal.
14. Coordinar la definición de las zonas de reserva para la infraestructura vial, de transporte y de servicios públicos de tal manera que cumplan con la normatividad y las políticas vigentes, con la Secretaría de Infraestructura.
15. Coordinar y supervisar la elaboración de normas urbanísticas, generales y complementarias que regulan el uso, ocupación y aprovechamiento del suelo urbano.
16. Ordenar la enajenación forzosa de los inmuebles que no cumplan con su función social en los términos que contempla la Ley 388 de 1997 y demás normas que reglamenten, sustituyan o complementen, así como realizar los demás trámites necesarios para cumplir con esta función.
17. Coordinar la realización de los estudios para determinar en el suelo urbano las áreas objeto de aplicación de planes de regularización, implantación y reordenamiento.
18. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el Alcalde y dependencias al interior de la Administración Municipal y demás autoridades competentes.
19. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia o que le sean asignadas por la Ley o autoridad competente.