2.5.3 Dirección Administrativa, Autoridad Especial de Policía Integridad Urbanística

Nombre de la Dependencia 2.5.3 Dirección Administrativa, Autoridad Especial de Policía Integridad Urbanística
Funcionario Responsable Luis Miguel Mejía Martínez
Correo Electrónico contactenos@itagui.gov.co
Teléfono (57+604) 3737676
Objetivos

El objetivo de la Dirección Administrativa, Autoridad Especial de Policía, Integridad Urbanística, es conocer del recurso de apelación de las decisiones proferidas por los Inspectores o Corregidores de Policía en materia de integridad urbanística e imponer las respectivas sanciones cuando a ello hubiere lugar.

Funciones

Funciones Dirección Administrativa, Autoridad Especial de Policía, Integridad Urbanística:

1. Adelantar, documentar y fallar los procesos en segunda instancia por infracción urbanística e imponer sanciones cuando a ello hubiere lugar.
2. Apoyar al Secretario de Gobierno en asuntos concernientes a la renovación urbana, tales como la pre-delimitación de los planes parciales de renovación urbana; la reglamentación para los sectores definidos como de renovación urbana y los que se incorporen posteriormente y la coordinación interinstitucional tendiente a articular los planes de las entidades con los del Municipio en los aspectos físicos y urbanísticos relacionados con la renovación urbana.
3. Apoyar al Secretario de Gobierno en asuntos concernientes al otorgamiento de permisos y/o autorizaciones y control a la publicidad exterior visual, así como adelantar las respectivas acciones administrativas tendientes al cumplimiento de las normas que regulan esta materia, e imponer las respectivas sanciones cuando a ello hubiere lugar.
4. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el Alcalde y dependencias al interior de la Administración Municipal y demás autoridades competentes.
5. Vigilar en segunda instancia el cumplimiento de las obras de acuerdo a las licencias aprobadas por las Curadurías, en concordancia con el Plan de Ordenamiento Territorial, para el desarrollo urbanístico del Municipio.
6. Apoyar al Secretario de Gobierno en asuntos concernientes en la realización de los programas de capacitación en Ley 675 de 2001, buscando la convivencia pacífica en aquellas unidades ya construidas o que se vayan a construir.
7. Actuar en segunda instancia frente a los procesos de publicidad exterior visual de conformidad con las normas vigentes, el amueblamiento urbano y la protección al medio ambiente.
8. Las asignadas por el Código Nacional de Policía y demás normas que lo reglamenten o modifiquen.
9. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia o que le sean asignadas por la Ley o autoridad competente.